Alivio para las Sociedades Holding en India
Las sociedades holding en India han recibido un respiro significativo tras la decisión del Tribunal Superior de Punjab y Haryana de suspender una circular que incluía las garantías empresariales en el ámbito del GST (Impuesto sobre Bienes y Servicios), según informó el Times of India el 7 de mayo. Estas garantías son compromisos asumidos por las sociedades holding a favor de sus filiales, donde la compañía garante se compromete a pagar un préstamo en caso de que el prestatario, en este caso las filiales, no cumpla con sus obligaciones. Este sistema beneficia a las filiales al reducir los niveles de riesgo.
Mediante una orden interina, el Tribunal Superior ha detenido la implementación de la circular emitida en octubre por la Junta Central de Impuestos Indirectos y Aduanas (CBIC). La circular en cuestión había establecido que una garantía corporativa proporcionada por una sociedad holding a un banco o institución financiera para la aprobación de facilidades de crédito a su subsidiaria sería considerada un ‘suministro de servicio’ sujeto al GST.
Además, la circular había indicado que la obligación tributaria ocurriría incluso en casos donde no se involucrara ningún pago. El asunto ante el Tribunal Superior también incluye un desafío con respecto a la evaluación del valor de las garantías empresariales.
Por el momento, la orden de suspensión proporciona alivio a las empresas de India, que actualmente enfrentan notificaciones de incumplimiento y demandas de GST por cientos de crores. Las empresas que han recibido notificaciones de incumplimiento debido a esta circular ahora tienen la opción de solicitar al Tribunal Superior que las desestime.
Las demandas han sido emitidas a la sociedad holding india. Si la sociedad holding se encuentra en el extranjero, la filial india, en cuyo nombre se proporciona la garantía empresarial, enfrenta demandas de GST.
Representantes de la industria entrevistados por TOI indicaron que, tras la emisión de la circular, la frecuencia de notificaciones de incumplimiento y demandas subsiguientes aumentó. Empresas de diversos sectores, incluyendo bienes de consumo rápido e infraestructura, recibieron dichas notificaciones.
Mannat Waraich, quien representó a Acme Cleantech Solutions en este asunto ante el HC, comentó: “La orden interina, que ha concedido una suspensión, se aplicará en toda la India. La circular, que establecía que la garantía corporativa era un suministro de servicio, llevó a una conclusión anticipada por parte de los funcionarios fiscales, de que cada transacción de garantía empresarial (aparte de la garantía personal por un director) estaba sujeta al GST, sin que se probara su mérito”.
“Si una empresa ha recibido una notificación de incumplimiento basada en la circular, debería acercarse inmediatamente al tribunal superior jurisdiccional para solicitar su anulación. Si se ha emitido una orden que plantea una demanda, la empresa debe acudir a la autoridad de apelación o al tribunal superior para buscar su anulación. Corresponderá a las autoridades cuasi-judiciales/tribunales anular la demanda o mantenerla en suspenso”, agregó Waraich.
Sujit Ghosh, abogado senior del Tribunal Supremo, quien lideró los argumentos para la empresa, señaló: “Esta orden interina busca esencialmente hacer cumplir que tenemos una separación fundamental del poder (bajo nuestra construcción constitucional) entre el ala ejecutiva y judicial del gobierno. El ala ejecutiva siendo el administrador fiscal (es decir, CBIC) en este caso no puede interferir con los poderes adjudicadores y apelativos de las autoridades cuasi-judiciales”.
“También hemos impugnado la Regla 28(2) de las Reglas CGST (enmendadas) que establece que el GST al 18% será pagadero sobre el 1% del valor de la garantía o la consideración real, lo que sea mayor. Estas reglas también han sido impugnadas por ser arbitrarias, discriminatorias y confiscatorias en su naturaleza”, concluyó Waraich.