El Tribunal Constitucional Supremo ha respaldado una sentencia del tribunal de apelación que dictaminó que el nombramiento en segundo mandato de la ex Comisionada para la Protección de la Competencia, Loukia Christodoulou, fue nombramiento legal, según informó el servicio jurídico.
La última decisión es de gran importancia, ya que la disputa legal había dejado en el limbo todas las multas emitidas por la comisionada durante su mandato.
Contexto del Caso
El segundo mandato de Christodoulou, desde el 24 de abril de 2018 hasta el 23 de abril de 2023, fue impugnado por la asociación de ganaderos, que había sido multada por imponer precios y condiciones injustas en el mercado.
El tribunal de primera instancia –el tribunal administrativo– había fallado a favor de los ganaderos, sugiriendo que su segundo mandato no era legal y que había excedido su tiempo en el cargo, lo que provocó una serie de complicaciones legales para la comisión.
El caso se centraba en la premisa de que, dado que anteriormente había servido como miembro de la comisión, aunque no como presidenta, el segundo de sus dos mandatos como presidenta era ilegal porque ya había servido previamente como miembro. Por lo tanto, su segundo mandato constituía un tercer mandato y estaba fuera de los límites de la legalidad, según se argumentó.
Decisión del Tribunal de Apelación
Sin embargo, en diciembre de 2023, el nombramiento en segundo mandato fue considerado legal por un tribunal de apelación tras una apelación presentada por la oficina del fiscal general (AG).
El tribunal determinó que el período del nombramiento de un individuo se medía por separado cuando eran miembros o presidentes “ya que las posiciones son distintas”.
Los solicitantes apelaron esta decisión y pidieron al Tribunal Constitucional Supremo que dictaminara sobre la interpretación correcta de la disposición legislativa respecto a la formación de la comisión.
Resolución Final
El jueves, el tribunal emitió un fallo confirmando la decisión del tribunal de apelación en diciembre y validando el nombramiento, según informó el servicio jurídico.
La sesión plenaria de nueve jueces abordó si la palabra “mandato” en las disposiciones de la ley se refería al período en el cargo independientemente del título, o si las posiciones de miembro del consejo y presidente eran distintas.
“Como dictaminó el Tribunal Constitucional Supremo, la decisión del Tribunal de Apelación de considerar legal la renovación se basó en los principios legales correctos”, dijo la oficina del AG.
El tribunal también otorgó costos a favor de la República.
Más importante aún, el último fallo pone fin a la controversia y asegura la legalidad de todas las decisiones y multas emitidas por la comisión de protección de la competencia durante el segundo mandato de Christodoulou, las cuales ahora no pueden ser impugnadas.




